Cómo atender a las personas mayores en festivos y vacaciones

Las personas mayores muchas veces demandan más atención y tiempo del que tal vez les puedes brindar.

Ante estas situaciones ya hay auxiliatus te puede mostrar un directorio de personas que se dedican al cuidado especializado de adultos mayores, sin la necesidad de llevarlos a alguna institución o centro de día en el cuidado.

Si necesitas el cuidado del ser querido en días festivos o vacaciones, días en los cuales se te hace imposible estar a su cuidado, hay muchas opciones para ti que podían solucionar este tipo de situaciones.

Con toda la confianza de que la persona que amas se queda en buenas manos y lo mejor de todo, con personal totalmente capacitado para cubrir todas sus necesidades.

Por lo regular este personal calificado para la asistencia y cuidado de personas mayores, son mujeres y se encuentran bajo la normativa de empleadas del hogar, formulada en el 2011.

El sueldo promedio de las cuidadoras se basa en el salario mínimo interprofesional, un dato que sin duda es importante tener en cuenta con antelación del supuesto caso de contratación en un corto plazo.

¿Qué rol tienen las cuidadoras y qué actividades son las que pueden realizar?

Para entender un poquito más sobre el papel que jugarán las cuidadoras en la asistencia a nuestro ser querido, hablemos un poco sobre las obligaciones que tiene y también sus derechos que tiene como trabajadora.

Como ya mencionamos anteriormente la mayoría del personal que se dedica a cuidar y asistir a las personas mayores son mujeres, es importante resaltar que también los hombres que puedan encontrarse dentro de la rama de cuidadores tienen las mismas condiciones laborales.

No se prioriza ningún género ante la ley. Aunque es importante destacar que casi el 100% de las personas dedicadas al cuidado de personas mayores son de género femenino, así que empezaremos a hablar en femenino, por simple mayoría.

Cuidado de personas mayores en la comodidad del hogar

Las cuidadoras trabajan desde el hogar de la persona asistida, las jornadas planteadas siempre serán de máximo 40 horas, estas horas son de trabajo efectivo.

Esto quiere decir que las horas a “disposición” no se cuentan dentro de estas 40 horas, por otro lado, el tiempo de disposición no puede superar las 20 horas semanales.

Las condiciones de trabajo dependen de los horarios pactados dentro del contrato de trabajo, pero es importante destacar que en caso de que el contrato sea por horas, hay que establecer los descansos, por lo regular se establecen descansos de 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente.

Ya hablaremos de los contratos de cuidadoras por horas, pero ahora hablaremos sobre los contratos de cuidadoras internas, este tipo de contratos es muy distinto al anterior.

Ya que la cuidadora estará a disposición, en este tipo de jornadas, se deberá de respetar un descanso semanal de 36 horas consecutivas, que naturalmente se establecen en fines de semana, esto por motivos de la disponibilidad en las familias.

Otra de las garantías que gozan este tipo de cuidadoras es que podrán disponer de 2 horas para la comida.

Ahora bien, estas cuidadoras internas están regidas por un contrato pernocta, el cual establece que la cuidadora estará a la disposición de su familiar las 24 horas del día, ya que podrá residir en el domicilio.

El derecho de permiso para cese de actividades, ¿Cuáles son y en qué condición se otorgan?

Las cuidadoras podrán tener algunos permisos con goce de sueldo, entre las causas para el cese de sus actividades, se encuentran:

  • Por cambio de domicilio: se dará 1 día
  • Por casamiento: 15 días
  • Por fallecimiento, enfermedad grave o accidente de familiares cercanos (inmediatos): se darán de 2 a 4 días, dependiendo de la lejanía del lugar.
  • Por maternidad, cursos de preparación al parto, cuidados o chequeos prenatales: Estos permisos serán acordados por ambas partes (cuidadora y el empleador)
  • Por cumplimiento de los deberes civiles: Juicios, votar, entre otras: siempre y cuanto se tenga un justificante oficial

¿Las cuidadoras si pueden hacerse cargo de mi familiar los días festivos?

Uno de los temas principales de los que se trata este artículo son los días festivos, que como a toda familia con personas mayores que necesitan cuidado, muchas veces buscan quienes cubran estas fechas.

Cuando se contratan cuidadoras por horas, muchas veces ya se establece desde el principio qué horas trabajará y qué días, haciendo un plan de trabajo en conjunto de la familia.

Por otro lado las cuidadoras que son internas y están de viviendo en el domicilio, sí pueden exigir los días festivos para no trabajarlos, ya que a ellas no se les obliga trabajarlos y pueden gozar de los 12 días festivos que se dan a nivel nacional, más los días festivos locales que se festejan a nivel local y provincial.

Días que no pueden ser descontados de su nómina, sin embargo esto no quiere decir que no puedan trabajarlos.

Si quieres llegar a un acuerdo con tu cuidadora interna para que trabaje los días festivos, por motivos extraordinarios, si puedes recordarlo, pero se deberán pagar como días extras, o bien si la cuidadora lo decide, puede guardarlos como días de descanso posteriormente cuando ella lo requiera.

La cuidadora será parte de la familia

Muchas veces al ingresar la cuidadora, veremos en muchos casos que las personas mayores se nieguen a sus servicios, lo importante para una relación exitosa entre el paciente, la cuidadora y el resto de la familia más cercana y que se encuentra al pendiente de la persona asistida.

Deberá de introducirse claramente ante el paciente, esto con ayuda del círculo familiar más cercano del paciente para que se sienta cómodo con la situación.

Otro de los puntos importantes en el cuidado adecuado del familiar mayor de edad es que se haga un resumen por ambas partes, de la familia y de la cuidadora.

La cuidadora lo hará durante toda su jornada de trabajo, destacando los puntos relevantes a comentar con la familia. Y la familia deberá hacerlo cuando la cuidadora se encuentre ausente, ya sea por permiso o por descanso, para lograr un mejor cuidado y atender todas las necesidades del familiar.

¿Cuál es la mejor opción?

Los distintos tipos de régimen laborales de las cuidadoras te darán la libertad de elegir lo que más se acomode para tu situación familiar, si bien hablamos del cuidado de los familiares que más queremos en tiempos de vacaciones y días festivos.

Te recomendamos buscar lo que más se adapte a tu situación, por ejemplo si sólo necesitas un tiempo de cuidado para un fin de semana o días festivos.

Te recomendamos las cuidadoras del régimen por horas, sin embargo si planeas irte por más tiempo de vacaciones, es mejor buscar la opción de una cuidadora interna que pueda estarle brindando los cuidados y ayuda necesaria a tiempo completa.